La Administración Departamental y los miembros de la Asamblea aclararon a la comunidad que no se está exigiendo a ninguna persona que ceda sus bienes inmuebles a titulo de dación en pago, o en compensación con destino a cancelar los valores adeudados al fisco municipal provenientes de impuestos, tasas contribuyentes y demás obligaciones que un deudor tenga con el Departamento Archipiélago. La Asamblea Departamental autorizó mediante la ordenanza 001 del 2010 al Gobernador del Departamento a recibir aquellos bienes inmuebles que únicamente de manera voluntaria, libre y espontánea, ofrezcan los contribuyentes a titulo de pago.