Prohiben circulación de plásticos de un solo uso en las islas

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La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago (Coralina), expidió la resolución 283 del 22 de junio de 2021, en respaldo de la Ley 1973 de 2019 por medio de la cual “se regula y prohíbe el ingreso, comercialización y uso de bolsas y otros materiales plásticos en el Departamento e islas menores que lo componen”.

Entre las prohibiciones establecidas y a regir a partir de la fecha se encuentra la entrada, venta y utilización de bolsas plásticas de un solo uso; así como de platos, pitillos y vasos de plástico y poliestireno.

Además de los elementos mencionados, queda también restringido el ingreso y uso de globos decorativos en actividades turísticas y recreativas dentro de las áreas marinas y costeras.

Dichas medidas incluyen las playas, cayos y ecosistemas estratégicos (manglares y humedales) del Departamento sin excepción alguna; su incumplimiento dará lugar a las sanciones correspondientes.

Igualmente, la resolución expedida por Coralina indica que los buques comerciales que arriben al Departamento, no podrán usar bolsas plásticas para almacenar las basuras y deberán realizar la disposición final de desechos cuando arriben a puerto en el territorio continental.

Excepciones

Se exceptúan de la prohibición los siguientes elementos:

- Las bolsas utilizadas para el empaque y disposición final de los residuos sólidos y hospitalarios.

- Las bolsas que se utilicen para el procesamiento y presentación, para su posterior comercialización, de productos alimenticios elaborados en el Departamento o introducidos en él.

- Las subtilizadas para el empaque de ropa, lencería, licores, perfumería, cosméticos y medicamentos.

- Las bolsas, platos, pitillos y vasos con componentes plásticos que sean reutilizables, de conformidad con reglamento del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

- Las bolsas, platos, pitillos y vasos que sean biodegradables o que demuestren su aprovechamiento a través del reciclaje, la recuperación energética, o que cuenten con contenido de materia prima 100% reciclada.

Sanciones

Las infracciones sobre las prohibiciones estipuladas, dará lugar a las siguientes sanciones:

- Multas diarias hasta por cinco mil salarios mínimos mensuales legales vigentes.


- Cierre parcial o definitivo del establecimiento o servicio.


- Trabajo comunitario, según condiciones establecidas por la Corporación Ambiental.


- Decomiso definitivo de productos y subproductos, elementos, medios o implementos utilizados para cometer la infracción.

Última actualización ( Martes, 27 de Julio de 2021 06:45 )