Mediante Resolución # 003857 de 13 de julio de 2012, el Gobierno Departamental, declaró la Alerta Amarilla en el Departamento Archipiélago, debido a la programación del Consejo de Ministros a realizarse el 16 de julio, presidido por el Presidente de la República Juan Manuel Santos.
La declaratoria de Alerta Amarilla, se extendió a todas las instituciones públicas y privadas prestadoras del servicio de salud las 24 horas del día a partir del 13 de julio de 2012 y durante el tiempo que dure la declaratoria de la Alerta Amarilla se difiera.
Durante este periodo, el Estado tiene el deber de garantizar a todos los habitantes, la adecuada prestación de los servicios de salud y la atención de urgencias entendidas en los términos del Decreto 412/92, la Resolución 5261/94 del Ministerio de Salud y el Articulo 168 de la Ley 100/93.
La normativa regirá también para la celebración del 20 de julio y se extenderá hasta el sábado 21 del mismo mes.
A continuación el texto del decreto:
Resolución 003857 de 13 de julio de 2012, Por medio de la cual se hace una declaratoria de Alerta Amarilla en todo el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Que de conformidad con los artículos 44, 48,49 y 50 de la Constitución Política, y su desarrollo legal (Ley 10/90, Articulo 3º Literal A); Ley 100/93, Art.159, Numeral 2º) el Estado tiene el deber de garantizar a todos los habitantes del territorio la adecuada prestación de los servicios de salud y la atención de urgencias entendidas en los términos del Decreto 412/92, la Resolución 5261/94 del Ministerio de Salud y el Articulo 168 de la Ley 100/93.
Que la atención de urgencias debe ser prestada en forma obligatoria por todas las entidades hospitalarias públicas y privadas que presten servicios de salud a todas las personas independiente de su capacidad socioeconómica y al Régimen al cual se encuentre afiliado (Ley 10/90, Art. 2º, Decreto 412/92, Art.2º y Ley 100/93 Art. 168).
Que debido a la programación del Consejo de Ministros a realizarse y presidido por el señor Presidente de la Republica en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, se hace necesario la declaratoria de ALERTA AMARILLA en todas las instituciones públicas y privadas prestadoras del servicio de salud las 24 horas del día a partir del 13 de julio de 2012 y durante el tiempo que dure la declaratoria de la Alerta Amarilla.
Que en mérito de lo expuesto, resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar Alerta en las Instituciones Prestadoras de Salud (I.P.S.) Públicas y Privadas en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, a fin de garantizar la oportuna prestación de los servicios de salud desde las 6:00 p.m. del día viernes 13 de julio hasta las 8:00 a.m. del día sábado 21 de julio de 2012.
ARTICULO SEGUNDO: Activar los planes hospitalarios de Emergencia y el Sistema de Referencia y Contrareferencia de pacientes a partir del día 13 hasta el 21 de Julio de 2012 teniendo en cuenta la celebración de las Festividades del 20 de julio en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; y en caso de alguna eventualidad deberá reportarse de manera inmediata al Departamento de Urgencias del Hospital Departamental Amor de Patria.