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Vence plazo para actualizar RNT

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El próximo viernes 30 de abril, vencerá el plazo, tanto para que los prestadores de servicios turísticos actualicen la inscripción del Registro Nacional de Turismo (RNT), como para que los administradores de inmuebles dedicados al hospedaje de viajeros acrediten, también ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, las reformas hechas a los reglamentos de propiedad horizontal para poder continuar prestando este servicio.

Así lo indicó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata, quien hizo un llamado a los empresarios de los diversos renglones de la actividad turística para que actualicen su inscripción y puedan así, continuar siendo beneficiarios de los programas de apoyo del Ministerio, en materia de asistencia, capacitación y financiamiento.

En la actualidad existen alrededor de 12 mil prestadores de servicios turísticos inscritos, obligados a actualizar el RNT.

Entre ellos se cuentan quienes prestan sus servicios en establecimientos de alojamiento y hospedaje, agencias de viajes, operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones, establecimientos gastronómicos de interés turístico, tiempo compartido, empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos, empresas de transporte terrestre automotor y oficinas de representación turística.

La actualización es fácil, por cuanto es posible hacerla vía Internet, ahorrando costos a los usuarios y haciendo el trámite mucho más expedito, o también pueden imprimir el borrador del formulario de actualización que se encuentra en el vínculo abajo indicado y enviar la información a la calle 28 No. 13 A 15, piso 1º; o al fax 6069953.

Para actualizar su inscripción los usuarios también podrán ingresar a: http://www.mincomercio.gov.co/eContent/newsdetail.asp?id=2665&idcompany=14

Vale Recordar que la no actualización oportuna lleva a que el prestador de servicios turísticos incurra en una infracción a la ley 300 de 1996, esto es, incumplir con las obligaciones frente a las autoridades de turismo, cuya conducta es sancionada por el Ministerio. Igualmente, el RNT se suspende automáticamente, razón por la cual el prestador de servicios no podrá operar.

Última actualización ( Viernes, 23 de Abril de 2010 08:15 )  

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