Aunque, en principio, en julio de 2023 se terminó la etapa litigiosa entre Colombia y Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), los tres fallos emitidos por este tribunal dejaron varios temas pendientes, entre ellos la preservación tanto de la Reserva de Biosfera Seaflower del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, como del territorio y los derechos del Pueblo Raizal, aspectos cruciales que aún se deben abordar desde la negociación bilateral.
Desde el año 2000 la Reserva de Biosfera Seaflower forma parte de la Red Mundial de Reservas de la Biosfera de la Unesco, y en 2005 se establecieron sus áreas marinas protegidas. Además, todo lo que constituye el Archipiélago es considerado como parte integral y una unidad natural del Pueblo Raizal.
En 2012 la Sentencia de la CIJ confirmó la soberanía de Colombia sobre todas las islas en disputa. No obstante, le concedió a Nicaragua una cantidad considerable de territorio al reconocer su plataforma continental y su zona económica exclusiva. Esta decisión afectó la unidad espacial del Archipiélago y la Reserva de Biosfera Seaflower, así como las prácticas ancestrales relacionadas con la pesca, fundamentales para el pueblo Raizal en términos ambientales, culturales, de supervivencia y seguridad alimentaria.
Las nuevas demandas
Un año después del fallo de 2012, Nicaragua presentó dos nuevas demandas, la primera relacionada con su plataforma continental extendida, que fue rechazada en su totalidad por la CIJ en sentencia emitida el 13 de julio de 2023, confirmando así el fallo de 2012. La segunda demanda versaba sobre las supuestas violaciones de sus derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe y sobre el presunto desacato de Colombia al amenazar con hacer uso de la fuerza.
En su contramemoria presentada en 2016, Colombia le solicitó a la Corte, como parte de una de sus contrademandas, que declarara que Nicaragua infringió los derechos de pesca artesanal consuetudinarios de los habitantes locales del Archipiélago de San Andrés, incluyendo al pueblo indígena Raizal, para acceder y explotar sus bancos de pesca tradicionales.
Además Colombia acusó a Nicaragua de violar las disposiciones sobre dos deberes: el de la debida diligencia para proteger y preservar el medioambiente marino del mar Caribe suroccidental, y el de proteger el derecho de los habitantes del Archipiélago de San Andrés a beneficiarse de un ambiente sano, sólido y sostenible.
En noviembre de 2017, aunque la CIJ se declaró competente para debatir el tema de los derechos consuetudinarios de pesca artesanal del pueblo Raizal, negó la reconvención del tema ambiental, incluyendo los asuntos relacionados con la Reserva de Biosfera Seaflower y sus áreas marinas protegidas.
Pese a esta negativa, en la fase escrita final del proceso Colombia denunció que mediante la Ley 1059 de 2021 Nicaragua declaró su territorio en el mar Caribe como Reserva de Biosfera del Caribe Nicaragüense, lo que resultó en un traslape en el mapa con la parte norte de la actual Reserva de Biosfera Seaflower, generando así un cruce de cartas diplomáticas entre los dos Estados. Mientras tanto Nicaragua, durante las audiencias públicas de diciembre de 2021, manifestó su voluntad de llegar a acuerdos sobre la protección de la Reserva de Biosfera Seaflower.
En sentencia del 21 de abril de 2022, la CIJ dio fin a este caso, concluyendo que la solución más apropiada para abordar las preocupaciones expresadas por los Estados sería la negociación de un acuerdo bilateral entre las partes.
La salida negociada
Respecto a una posible salida negociada de esta situación, los jefes de Estado involucrados–Daniel Ortega y Gustavo Petro– han expresado su intención de llegar a un acuerdo. El 5 de diciembre de 2023 la Cancillería colombiana anunció la instalación de comisiones de trabajo entre Colombia y Nicaragua –programadas para el 29 de enero en Nicaragua–, las cuales se encargarían de abordar asuntos relacionados con acuerdos de pesca, temas ambientales, conservación de la biodiversidad, seguridad fronteriza y otros temas de interés mutuo.
Aunado a lo anterior, son prioritarios los asuntos relacionados con el intercambio comercial y la integración fronteriza en áreas étnicas y ambientales, la gestión de riesgos climáticos, culturales, deportivos y educativos entre los pueblos raizales, creoles, indígenas y afrodescendientes de la costa Caribe nicaragüense. Estos temas se deberían abordar teniendo en cuenta los principios de consulta previa y el consentimiento libre de estos pueblos, desde la perspectiva bottom-up, o de abajo hacia arriba. Es decir, dándole preponderancia a la voz de los pueblos fronterizos.
Sobre este tema, el pueblo Raizal y los demás habitantes del Archipiélago tienen voluntad de colaborar y cooperar junto con las comunidades y los pueblos vecinos del Caribe occidental. Por lo tanto, es fundamental garantizar que estos pueblos fronterizos también tengan espacios de encuentro y negociación de acuerdos que les permitan definir de manera conjunta el futuro de sus territorios y maritorios ancestrales.
Esto se debe adelantar según lo previsto por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece los principios de consulta previa y el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas y tribales en los asuntos que les conciernen.
El Acuerdo de Colaboración entre la Autoridad Raizal del Archipiélago y el Consejo Autónomo de la Costa Caribe de Nicaragua, firmado en Bluefields el 12 de diciembre de 2014, ratifica la voluntad de cooperación entre las partes y proporciona una base sólida para profundizar en este contexto de negociación. En esa ocasión se estableció una agenda para tomar medidas conjuntas encaminadas a proteger el medioambiente de la Reserva de Biosfera Seaflower, garantizando las prácticas tradicionales y el uso sostenible de los recursos naturales, incluido el acceso a los bancos de pesca para los pescadores raizales.
La definición consensuada del nuevo estatus de la Reserva de Biosfera Seaflower, frente al de la nueva Reserva del Caribe Nicaragüense, abre el camino para definir una Gran Reserva de Biosfera del Caribe occidental, que en vez de verse reducida, por el contrario, ampliarían las áreas protegidas que incluirían la isla Mosquito y su espacio marítimo circundante, sin descartar su proyección al territorio Centroamericano en donde coincidiría con otras reservas de biosfera de carácter transfronterizo.
Por lo anterior, independientemente de las coyunturas políticas internas, se deben profundizar los esfuerzos diplomáticos para adelantar las negociaciones bilaterales que conduzcan a restablecer estos derechos consuetudinarios del pueblo Raizal sobre su territorio ancestral y la protección de la Reserva de Biosfera Seaflower en el Caribe occidental.