Este martes 1 de agosto, el presidente de la República, Gustavo Petro, sancionó la ley 2307, por la cual se establece la gratuidad en los programas de pregrado en las instituciones de educación superior públicas del país.
El gobierno nacional estableció que el Ministerio de Educación tendrá la tarea de reglamentar los requisitos para que se pueda aplicar la ley.
Por tal, a partir de la entrada en vigencia, deberá garantizar la financiación necesaria para asegurar la gratuidad en el valor de la matrícula de los programas de pregrado en instituciones de educación superior pública.
¿Cuáles son las instituciones de educación superior?
Esta ley 2307 señala que las instituciones de educación superior están compuestas por instituciones técnicas, tecnológicas o universitarias definidas en el Capítulo IV del Título I de la Ley 30 de 1992.
Además, entre otras disposiciones, el Gobierno nacional promoverá medidas para garantizar la permanencia y terminación de los procesos formativos de los jóvenes. La política pública de gratuidad en la matrícula se armonizará con las diferentes políticas públicas educativas del Gobierno nacional”, cita el documento.
En cuanto a los apoyos económicos para sostenimiento el Gobierno implementará un mecanismo de verificación para la entrega de estos, "con el fin de evitar que un estudiante matriculado en programas de pregrado de las instituciones de educación superior pública reciba más de un apoyo del Gobierno Nacional para el mismo propósito”, dice explícitamente la ley.
Finalmente, el documento indica que la política pública de gratuidad en la matrícula será progresiva.