La autoridad ambiental del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, recordó que está prohibido el cebado (alimentación) y manipulación de la fauna marina, incluyendo peces, tiburones y rayas. Lo anterior en rigor de la Resolución N° 611 del 17 de agosto de 2022, aseveró la Corporación Ambiental Coralina.
Dentro de este acto administrativo, se dan por sentado lo siguiente:
1. Prohibir cualquier tipo de actividad turística que implique la alimentación o cebado y la manipulación de peces, rayas y tiburones, en toda la jurisdicción del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
2. Los pescadores artesanales una vez terminada su faena de pesca, deberán realizar la limpieza de sus productos a una distancia alejada de la costa; se sugiere realizar entre 2 a 4 millas de la isla, para no atraer cerca a la costa a tiburones o cualquier otra especie que pueda representar una amenaza potencial para los bañistas y usuarios de las Áreas Marinas Protegidas.
3. Se prohíbe la mala práctica ambiental de disponer animales fallecidos a la orilla del mar o en las zonas costeras de las islas. En caso de presentarse un caso extraordinario de necesidad de disponer un animal en el mar (ejemplo ballenas delfines o similares en las costas), se deberá solicitar apoyo a las autoridades con jurisdicción en el mar (Armada Nacional) para que con el visto bueno de Coralina, se haga disposición varias millas mar a fuera de las islas principales (en zonas de mar profundo, en las que las corrientes marinas no lleven los restos hacia la costa).
4. El incumplimiento de las presentes disposiciones, dará lugar al inicio por parte de Coralina de las diligencias contenidas en la Ley 1333 de 2009 (por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones) y demás normas concordantes sobre la materia, sin perjuicio de la compulsa de copias ante otras autoridades que tengan competencia.