El próximo jueves 21 de abril en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya no habrá una modificación del fallo de 2012, tampoco una condena a Colombia. Los jueces opinarán y, en esa medida, podrán fortalecer la posición ‘legalista’ de Nicaragua o la ‘negociadora’, propiciada por Colombia.
Si facilitan el diálogo político propuesto por nuestro país como vía de solución al diferendo de más de 40 años –donde el llamado ‘desacato’ es su mejor arma de negociación, más no la única–, abrirán un amplio espacio en relación a las islas y, en particular, al peso étnico en la solución al diferendo.
Nicaragua, por su parte, naturalmente insiste que se condene y se presione a nuestro país a cumplir con lo fallado el 2012. Pero Colombia ha indicado que dejará a un lado el desacato sólo si hay una negociación. En todo caso, los jueces no podrán imponerle sanciones, pero sí un posible reproche que, en todo caso, no tendría mayores efectos legales.
Colombia usa el desacato como espacio estratégico para configurar un escenario político conducente a transformar el triunfo nicaragüense de 2012 en una prerrogativa de alto interés nacional y raizal a través de la búsqueda de una salida viable. En dicho contexto, este 21 de abril los jueces definirán dos asuntos: su interpretación del llamado desacato y la carencia de instrumentos legales de que la CIJ adolece para hacer cumplir sus propios fallos.
Al respecto, hay algo que se observa desde el Archipiélago con sumo interés: el peso que se otorga a factores relevantes –no geográficos– en el contexto de la delimitación; algo que quedó subrayado en otros fallos y a los que la CIJ podría comenzar a otorgar considerable importancia.
Lo vimos en un caso reciente entre Kenia y Somalia, y en otro más lejano entre Costa Rica y Nicaragua y, por último, en el nuestro con la aceptación de la contra-demanda de Colombia para hacer respetar los derechos de pesca raizales en las zonas reconocidas, pero aún no cedidas a Nicaragua.
Un tácito reconocimiento de que el fallo de 2012 interrumpió actividades de supervivencia ancestrales y no consideró los derechos étnicos raizales –una verdad de a puño– en su fórmula de definición de soberanía fronteriza. Algo que nos lleva a otro aspecto que vale la pena esperar: el peso del factor humano de las islas y, en particular, los derechos ancestrales y de pesca.
Ambos fueron ya elevados a un importante nivel político-diplomático y podrían serlo aún más si se usaran no solo para suavizar la intransigente posición de Nicaragua, sino para referenciar el diálogo en futuras reivindicaciones étnicas e isleñas.
Por otra parte, se espera que al haber aceptado esa contra-demanda de Colombia, la CIJ podría matizar su fallo de 2012 entregando un ramo de olivo favorable a la negociación que podría llevar a la administración conjunta de áreas, algo similar a lo que Colombia ya hace con Jamaica en el manejo sustentable de sus respectivos recursos naturales.
El fallo del 21 nos genera muchos retos, entre ellos, nos conecta con la premura de actuar frente a una sensación de ‘finalidad’ que conduce a buscar sacar más beneficios para las islas en el escenario de La Haya. Como también, claro está, a definir el papel que jugarán el Archipiélago y los isleños en el post-conflicto limítrofe.