Este martes 23 de junio, el Ministerio de Salud aprobó el protocolo que establece las medidas generales de bioseguridad que deben adoptar las diferentes actividades de industrias culturales, radio televisión y medios de comunicación, para su reactivación gradual. Trabajo en conjunto entre los Ministerios de Cultura, Comercio Industria y Turismo y el de Salud.
De esta manera, la posibilidad de desarrollar servicios de preproducción, producción y posproducción de contenidos audiovisuales, cinematográficos y para artes escénicas, así como los oficios de la música fonograbada puede desarrollarse.
El sector de las artes escénicas y la música se verá beneficiado al permitirse las actividades profesionales que posibilitan la transmisión de obras artísticas y audiovisuales de forma remota, puesto que aún no hay autorización para actividades con público.
Obligaciones generales
La norma, además, reglamenta obligaciones generales como establecer reportes del estado de salud del personal, la capacitación sobre seguridad y salud en el trabajo, el uso de elementos de protección personal, el distanciamiento físico entre el personal, operación de equipos limitada a personal específico y especializado, así como horarios flexibles.
De manera más específica, la resolución establece las directrices para realizar actividades de planeación, reproducción, ensayos y rodajes; servicios de maquetas o previsualizaciones; ensayo de roles individuales; servicios de grabación y de posproducción de audio y video.
Los teatros o salas de conciertos puedan retornar a sus actividades para producir contenidos de las artes escénicas (música, teatro, danza y circo) sin público. De esta manera, dichos espacios puedan abrir sus escenarios para avanzar en la producción o grabación de sus obras y proyectos artísticos.
El protocolo busca activar la cadena de valor de estas actividades, dado que son muchos los actores que están incluidos en la tras escena de la producción artística.
De igual forma, la medida establece que las producciones audiovisuales implementen la realización de actividades de desarrollo y planeación de forma remota, así como pruebas de selección a través de videos o video llamadas de seguimiento.
Entre otras medidas, se permite la posibilidad de solicitar a proveedores de servicios la aplicación de protocolos de bioseguridad, la prohibición de compartir dispositivos de comunicación u otras herramientas personales de trabajo y la eliminación de escenas que generen aglomeración de extras.
Cabe resaltar, que la implementación de este protocolo depende de la secretaría o entidad municipal o distrital que corresponda a la actividad económica, por lo que se hace necesario para todos los interesados en reanudar actividades, el llevar a cabo las consultas respectivas con sus autoridades locales para su implementación y las necesidades de vigilancia y control establecidas por cada municipio.