Colombia: visto bueno a Costa Rica en La Haya

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Colombia no puso objeciones a la solicitud de Costa Rica de aplicar para intervenir en la controversia territorial y marítima de Nicaragua contra nuestro país ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya (CIJ); mientras tanto, Nicaragua se opuso a dicha participación.

Las audiencias públicas de conceder o no la aplicación de Costa Rica para intervenir en el asunto relativo a la Disputa Territorial y Marítima (Nicaragua c. Colombia) concluyeron ayer. El Tribunal comenzará ahora sus deliberaciones.

Durante las audiencias, la delegación de Costa Rica fue encabezada por Edgar Ugalde Álvarez, embajador de su país ante la República de Colombia; la delegación de Nicaragua estuvo encabezada por Carlos José Argüello Gómez, embajador ante el Reino de los Países Bajos y por Colombia se hizo presente Julio Londoño Paredes.

Según el comunicado emtido tras las audiencias la decisión de la CIJ en el sentido de conceder o no la aplicación de Costa Rica será entregada en una sesión pública, cuya fecha se anunciará en su debido momento.



Las solicitudes de Costa Rica


Al final de las audiencias, los agentes de Costa Rica, que al parecer ven muy probable el beneplácito de la CIJ a su solicitud; y los representantes de Colombia y Nicaragua, presentaron las siguientes aclaraciones a la Corte.

En el caso de Costa Rica se planteó que dicho país pretende la aplicación de las disposiciones del artículo 85 del Reglamento de la Corte, en el sentido de que “el Estado interviniente dispondrá de suministro de copias de los escritos y documentos anexos, y tendrá derecho a presentar una declaración por escrito dentro de un plazo que fijará el Tribunal”. También aspiran a  intervenir en el juicio oral “presentando sus observaciones en relación con el objeto de la intervención"


Como un "no-partido"

Por su parte, Londoño Paredes en representación de Colombia expresó que "A la luz de las consideraciones expuestas en el presente procedimiento, mi Gobierno desea reiterar lo señalado en las observaciones escritas presentadas, en el sentido de que Costa Rica ha cumplido con los requisitos del artículo 62 del Estatuto y, por consiguiente, no se opone a la solicitud de Costa Rica de solicitar permiso para intervenir en el presente caso como un no-partido".

Nicaragua: Costa Rica no califica

Por último Argüello Gómez a nombre Nicaragua explicó que "De conformidad con el artículo 60 del Reglamento de la Corte y teniendo en cuenta la solicitud de permiso para intervenir presentada por la República de Costa Rica y los alegatos orales, la República de Nicaragua sostiene respetuosamente que la solicitud presentada por Costa Rica no cumple con los requisitos establecidos por el Estatuto y el Reglamento de la Corte, a saber, el artículo 62, y el apartado 2, (a) y (b) del artículo 81, respectivamente".

La semana entrante la CIJ escuchará las pretensiones similares de Honduras para intervenir en el litigio.


Última actualización ( Sábado, 16 de Octubre de 2010 10:46 )