Kriol Die…

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KRIOLE

El Día del Kriol (21 de febrero) nace a la luz de la Ley 1381 de 2010, por cual se crearon los derechos lingüísticos de Colombia y se desarrollaron los artículos 7, 8, 10 y 70 de la Constitución Política, y los artículos 4, 5 y 28 de la Ley 21 de 1991 (*). Por esta razón entre el 20 y el 22 de febrero la Secretaría de Cultura tiene organizados una serie de actos académicos y conmemorativos.

En efecto, a través de esta ley se dictaron normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes. Tan claro como el agua, tan sencillo como esto.

Actos conmemorativos

20 de febrero: Salón 'Cotton Cay' del hotel Sunrise GHL, Jornada Académica a cargo de Lolia Pomare, Adel Christopher y Henrrieta Forbes. 09:00 a.m.

21 de febrero: Cañón de Morgan, concursos, danzas, música y gastronomía. 03:00 p.m.

22 de febrero: Cañon de Morgan, danzas, música y gastronomía. 03:00 p.m.

CARACTERÍSTICAS 

La ley 1381 se compone de cuatro títulos:

Título I: Principios y definición

Aquí se consagra el reconocimiento, la protección y el desarrollo de los derechos lingüísticos y del uso y la reproducción de las lenguas nativas. Para cumplir con lo anterior el Estado debe adoptar, financiar y realizar las acciones necesarias en concertación con los pueblos y las autoridades étnicas.

Título II: Derechos de los hablantes de lenguas nativas

Aquí se legitima el derecho a hablar, usar, transmitir, enseñar, nombrarse y hacer uso de la toponimia en la lengua nativa en todos los espacios públicos y privados en forma oral y escrita. A dominar el castellano. A asistencia de traductores e intérpretes en las relaciones con la salud, la justicia y la administración pública. A que la normatividad, los programas y los servicios que beneficien a los pueblos étnicos sean difundidos en las lenguas nativas.

Título III: Protección de las lenguas nativas

Aquí se disponen entre las medidas en ese sentido,incluir programas y recursos en los planes de desarrollo y coordinar y concertar su realización. Incorporar las lenguas a la Lista del Patrimonio. Coordinar planes para documentar, revitalizar, fortalecer y reivindicar las lenguas desde procesos endógenos. Reglamentar acuerdos con los pueblos fronterizos en pos de las lenguas comunes.

Usar los medios para reproducirlas a través de las TiC, audios, materiales impresos y digitales. Conservar la memoria étnica en bibliotecas, archivos y otros centros. Implementarlas en el sistema educativo sin perjuicio del castellano capacitando lingüística y culturalmente a los docentes. Formar investigadores indígenas y traductores e intérpretes. Capacitar a prestadores de servicios públicos. Realizar la encuesta sociolingüística para controlar el estado de las lenguas y evitar que se pierdan.

Título IV: Gestión de la protección de las lenguas nativas

Aquí se compromete al Ministerio de Cultura para que formule e implemente la política de salvaguardia en concertación con los grupos étnicos y para que apoye los programas nacionales o territoriales. Así como a preparar, presentar y concertar el Plan Nacional Decenal con las comunidades y a gestionar proyectos para adelantar las acciones pertinentes. Se crea el Consejo Nacional Asesor de Lenguas Nativas para que asesore al Ministerio y el 21 de febrero, Día Nacional de las Lenguas Nativas.

LENGUAS.CRIOLLAS

 (*) Ley 21 de 1991: por la cual se aprueba, entre otros, el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales.

Última actualización ( Miércoles, 19 de Febrero de 2020 11:29 )