Decomisan red de pesca ilegal en zonas protegidas RB Seaflower

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Tras una denuncia ciudadana en la que se dio aviso de la utilización de un ‘trasmallo de pesca’ (prohibido en el Departamento) como herramienta de captura de especies marinas, ubicado detrás de la zona protegida de manglares frente al SENA, se logró decomisar el material y se adelantan las investigaciones para judicializar los presuntos infractores.

En los hechos se activó la red interinstitucional para atención de eventos y presuntos delitos, en el cual la corporación Coralina dio aviso a unidades de Guardacostas, Policía Ambiental, Secretaria de Agricultura y Pesca, y al grupo de Control y Vigilancia de la propia autoridad ambiental; quienes reaccionaron de manera oportuna para verificar y documentar la infracción.

El área donde se encontraron los elementos (bahía de San Andrés), está protegida desde la década de 1970 por una Resolución del entonces Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente (INDERENA), ratificada a su vez en 2005 y 2019 por la zonificación del Área Marina Protegida (AMP) Seaflower, hoy ‘Distrito de Manejo Integrado de la AMP de la Reserva de Biósfera Seaflower’.

Lo anterior en marco de las resoluciones No. 107 de 2005 del entonces Ministerio de Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y No. 977 de 2014 del Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, respectivamente; y acuerdos del Consejo Directivo de CORALINA No. 021 y 025 de 2005 y 002 de 2019, respectivamente, por medio de los cuales se zonificó y reglamento las actividades permitidas y prohibidas).

De este modo, en la bahía de San Andrés, está prohibida cualquier actividad extractiva de recursos naturales (incluyendo los pesqueros).

¿Qué es el trasmallo?

El arte de pesca conocido como ‘trasmallo’, es una red en la que los animales marinos quedan atrapados atentando contra la biodiversidad local, en especial porque afecta tanto juveniles como adultos de muchas especies y a su vez afecta de manera directa e indirecta a ecosistemas estratégicos como corales, manglares y praderas de fanerógamas marinas (pastos marinos).

Por consiguiente, CORALINA hace un llamado a la comunidad para que ayude a proteger los recursos naturales, los cuales vienen siendo impactados negativamente por personas inescrupulosas.

Posibles sanciones

De igual manera se hace una invitación a la conservación y de este modo prevenir y evitar incurrir en diferentes delitos ambientales y pesqueros, so pena de posibles sanciones por parte de las autoridades competentes que pueden llevar incluso a cárcel, como por ejemplo las siguientes:

1. Multa tras infringir la ley 1801 del 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia ciudadana en el título IX Capítulo II Artículo 101 Numeral 9 (Policía Nacional).

2. Violación de los usos permitidos en la Zonificación del Área Marina Protegida (Acuerdo 002 de 2019) y afectación a los recursos naturales (aplicación de la Ley 1333 de 2009 Procedimiento Sancionatorio ambiental -CORALINA).

3. Sanción por uso de artes de pesca prohibidas en el Departamento y por realización de actividades de pesca ilegal (Secretaría de Agricultura y Pesca del Departamento).

4. En caso de que se capture una persona en flagrancia, se podrá decomisar no solo el material incautado, sino a su vez los vehículos por ejemplo: botes o similares (Guardacostas).

Última actualización ( Miércoles, 29 de Enero de 2020 07:08 )