
Este jueves, los oyentes de la emisora Good News Radio Station en San Andrés, que sintonizaban a través de los 102.5 FM, recibieron con extrañeza la noticia de su salida del aire. Según indagaciones realizadas por este medio la medida derivaría de la Agencia Nacional de Espectro (ANE) y se trataría de un caso de “uso indebido del espectro radioeléctrico”.
Elizabeth Taylor Gómez, una de las periodistas del noticiero ‘Morning News’, emitido en esta frecuencia, explicó que no entienden la disposición de este organismo adscrito al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), y que por eso mismo esperan la visita de un funcionario de esta cartera, este lunes, para buscar salidas a la situación.
“En todo caso, desde este mismo lunes 27 de abril y hasta que se solucione este impase, saldremos con nuestro espacio radial, pero de manera virtual, a través de nuestra página web saigoodnewsradio.com de 6:30 a.m. a 7:55 a.m.”, afirmó.
La comunicadora social de profesión indicó, así mismo, que un caso similar se presentó con la emisora del reportero Carlos Pussey Brown, quien recibió la misma carta de la ANE citándolo en la ciudad de Bogotá, para una “formulación de cargos” por “uso indebido del espectro radioeléctrico”.
Ante estos hechos, dichos medios, junto a simpatizantes y líderes del Pueblo raizal, han suscrito el siguiente comunicado:
COMUNICADO A LA NACIÓN Y AUTORIDADES
Asunto: Exigencia de respeto y garantía del derecho a la comunicación propia del Pueblo Raizal
Nosotros, el Pueblo Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en ejercicio de nuestros derechos ancestrales, culturales y fundamentales, nos dirigimos a la Nación colombiana y a todas sus instituciones para manifestar lo siguiente:
Durante décadas, hemos solicitado al Estado colombiano el cumplimiento de su deber de garantizar el acceso equitativo a los medios de comunicación, en especial el derecho a contar con emisoras propias que nos permitan preservar, fortalecer y difundir nuestra identidad cultural, lengua, tradiciones y formas de organización social.
A pesar de estas solicitudes reiteradas, el Estado ha sido omisivo frente a esta obligación, mientras que sí ha otorgado frecuencias y emisoras a otras instituciones. Ante esta situación de exclusión, como Pueblo Raizal, nos vimos en la necesidad de crear, con nuestros propios esfuerzos y recursos, nuestras propias emisoras comunitarias, las cuales hoy representan un canal vital de comunicación interna, educación cultural y pervivencia de nuestro pueblo.
Sin embargo, de manera contradictoria e injusta, actualmente una de estas emisoras está siendo objeto de cuestionamientos, restricciones e incluso amenazas de cierre por parte de las autoridades, lo cual constituye una vulneración directa a nuestros derechos fundamentales.
Fundamento jurídico
Nuestra exigencia se sustenta en normas claras del orden nacional e internacional:
- La Constitución Política de Colombia, en sus artículos 7 y 70, reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación, así como el derecho de todos los grupos a acceder y difundir su cultura.
- La Ley 335 de 1996 establece la obligación del Estado de garantizar el acceso de los grupos étnicos al uso del espectro electromagnético.
- El Convenio 169 de la OIT, ratificado por Colombia, reconoce el derecho de los pueblos indígenas y tribales a fortalecer sus instituciones, culturas y medios de comunicación propios.
- La normativa vigente del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones reconoce la existencia de servicios de radiodifusión sonora comunitaria con enfoque étnico, orientados precisamente a garantizar estos derechos.
Exigencias
En virtud de lo anterior, exigimos:
1. El respeto a la Emisora con frecuencia 92.5 MHz
2. Emisora comunitaria creada por el Pueblo Raizal.
3. El cese de cualquier acción orientada a su cierre, restricción o deslegitimación.
4. El reconocimiento formal de esta emisora como medio de comunicación propio del Pueblo Raizal.
5. La asignación equitativa y legal de frecuencias de radio al Pueblo Raizal, en condiciones de igualdad frente a otras instituciones del Estado.
6. La adopción de medidas que garanticen nuestro derecho a la comunicación propia, como parte integral de nuestra autodeterminación.
Declaración final
Como Pueblo Ancestral, no estamos dispuestos a permitir la vulneración de nuestros derechos ni el silenciamiento de nuestra voz. Nuestras emisoras no son un privilegio: son una necesidad para nuestra existencia cultural y un derecho legítimamente reconocido.
Hacemos un llamado a todas las instituciones del Estado colombiano, organismos de control, y a la comunidad nacional e internacional, para que acompañen y garanticen el respeto de nuestros derechos.
La comunicación es un derecho, no una concesión.
Atentamente,
Pueblo Indígena Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina
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Anexo
Carta enviada por la Agencia Nacional de Espectro (ANE)






















